Por:
Sopor El Contribuyente
PEQUEÑO CONTRIBUYENTE
SEGUNDO SEMESTRE DEL 2002
Se aplica la tasa del 1% al total de los ingresos que cobren en el ejercicio en efectivo, en bienes o en servicios, por su actividad empresarial.
La tasa se aplicará a la diferencia que resulte de disminuir al total de los ingresos que se cobren en el ejercicio, un monto equivalente a tres veces el salario mínimo general del área geográfica del Contribuyente elevado al año.
El Contribuyente ® Calculadora ISR - Salarios
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